jueves, 20 de junio de 2013

I CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA

INTERESANTE DE LEER PARA LOS UNIVERSITARIOS :

LES COPIAMOS ALGUNOS ARTICULOS PREVISTOS EN LA
I CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA PARA VUESTRO
ANÁLISIS Y DISCUSIÓN

CLÁUSULA 5 – DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y PROTAGÓNICA UNIVERSITARIA.
El empleador acuerda implementar los mecanismos que permitan el derecho al voto a los trabajadores universitarios en igualdad de condiciones, para la elección de las distintas autoridades universitarias. Asimismo, el empleador se obliga a reconocer y garantizar la representación de los trabajadores universitarios en los organismos de cogobierno y dirección de las instituciones de educación universitaria
PARÁGRAFO ÚNICO: Los representantes de cada sector de los trabajadores universitarios en los organismos de cogobierno universitario tendrán voz y voto en la toma de decisiones y en igualdad de condiciones que los demás miembros y serán elegidos por votación directa y secreta.
CLÁUSULA 6 – DESARROLLO DE VALORES HUMANOS SOCIALISTAS
El empleador y las federaciones convienen en aunar esfuerzos para promover y sensibilizar a los trabajadores universitarios en la toma de conciencia y desarrollo de los valores humanos que constituyen el poder moral en estas instituciones de educación universitaria. El empleador y las federaciones se comprometen a poner en práctica actividades de divulgación de los valores humanos universales e institucionales, de los principios de la justicia social, ética, superación, austeridad, probidad y excelencia, valores morales y ética socialista, en pro de la consolidación y desarrollo del proceso educativo en las instituciones de educación universitaria oficiales y en su praxis de trabajo diario, de acuerdo a lo enmarcado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019.
CLÁUSULA 8 – SOLIDARIDAD SOCIAL DEL TRABAJADOR UNIVERSITARIO
El trabajador universitario reconoce que la responsabilidad de combatir la pobreza en el país, está relacionada y se sustenta en la solidaridad colectiva de la sociedad venezolana y de conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El trabajador universitario responderá protagónicamente en ejercicio de su soberanía constituyendo la Fundación de Solidaridad con los Pueblos, fundación que tendrá como visión enfrentar la extrema pobreza, situaciones de orfandad, vejez y calamidad pública en el país y pueblos hermanos. Dicha fundación obtendrá sus recursos del aporte voluntario e individual del trabajador universitario, que será el equivalente al 0,001% mensual del sueldo tabla de un docente instructor a dedicación exclusiva, deducible del pago de su salario en todas las instituciones de educación universitaria oficiales.
CLÁUSULA 16 – DERECHO A LA EDUCACIÓN DE LOS HIJOS DE LOS TRABAJADORES UNIVERSITARIOS
El empleador se obliga a garantizar a los hijos de los trabajadores universitarios, el ingreso a las instituciones de educación universitaria, supeditado a los lineamientos, régimen de educación universitario, inclusión social y BAJO EL ESQUEMA SOCIALISTA BOLIVARIANO.
CLÁUSULA 157 – COMPROMISO REVOLUCIONARIO POR LA UNION DE LOS TRABAJADORES UNIVERSITARIOS
Las federaciones y los sindicatos no federados se comprometen a convocar, durante el primer semestre después de la firma y depósito de la presente Convención Colectiva Única, al Gran Congreso de los Trabajadores Universitarios, cuyos objetivos sean, constituir la Federación Única Socialista que agrupe orgánicamente a los trabajadores universitarios, así como, desarrollar y aprobar los lineamientos que permitan la fusión de los sindicatos de base en Sindicatos Unitarios de Trabajadores Universitarios Socialistas, los cuales serán parte integrante de la Federación Única Socialista. El empleador se compromete a pagar los gastos logísticos de este magno evento.

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